Nov 04, 2023

¿Fallecidos sin Herederos?

¿Te has preguntado qué ocurre con las viviendas de esos vecinos que son mayores y no tienen hijos o familiares cercanos?

¿Te has preguntado qué ocurre con las viviendas de esos vecinos que son mayores y no tienen hijos o familiares cercanos?

Es probable que hayas oído que es el Estado el que hereda una casa sin herederos, pero ¿se trata sólo una leyenda urbana o es verdad?

Si bien lo anterior no es del todo incorrecto, hay matices que debes conocer. Pongamos que un vecino de tu edificio tiene una grave enfermedad y no se le conoce familia: ni hijos, ni hermanos, ni familia cercana. ¿Qué es lo que ocurriría con su vivienda y ahorros si fallece y no ha dejado testamento? Te lo contamos desde Vidahogares.

¿Qué ocurre con una casa sin herederos?


El testamento es el que determina quiénes serán los herederos de un patrimonio, pero si no existe, lo marcará el artículo 956 del Código Civil, que mantiene que «a falta de personas que tengan derecho a heredar… heredará el Estado». En él, se establece que los primeros con derecho a heredar serán los hijos y descendientes; a continuación, los padres y descendientes; después, el cónyuge hasta los parientes y familiares colaterales. Hasta cuatro grados de consanguinidad.

El Estado heredará una casa sin herederos cuando ningún familiar hasta cuatro grados de consanguinidad la reclame.

En caso de que ninguno de ellos reclamara la herencia o todos ellos renunciasen (muchos familiares renuncian a las herencias por las cargas fiscales que hay que abonar, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones), es el Estado el que hereda el patrimonio. Por lo tanto, la Administración pública es quien pasa a ser la heredera legítima de dicha vivienda. Sin embargo, estará obligada a tasarla y subastarla, salvo si se va a destinar a algún fin de tipo público.

Estos son los casos en los que una casa sin herederos pasa a pertenecer al Estado:

La persona fallecida no tiene testamento ni familiares de hasta cuarto grado (hasta hijos de sobrinos)

La persona fallecida tiene testamento pero los herederos rechazan la herencia o estos han fallecido. En el ejemplo de la renuncia, si todos los herederos rechazan la herencia, se pasará a sus hijos, y así sucesivamente en búsqueda de los herederos perdidos.


Las Administraciones públicas no siempre encuentran a los herederos legítimos o familiares directos del fallecido. En ese caso, la Dirección General del Patrimonio tiene un mecanismo: quien ofrezca los datos sobre los herederos a los que les corresponda legítimamente la herencia, recibirá un premio por parte de la Administración.

Existen empresas especializadas en la localización de personas que no están al corriente de tener legados de fallecidos.

Un ejemplo en España es Coutot-Roehrig, una empresa que desarrolla su actividad en Barcelona desde 2012. Esta se encarga de localizar a los herederos, con el fin de cobrar la recompensa del Estado. El aviso de la vivienda sin testamento se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para dar con el heredero, aunque en el caso de Cataluña se notifica a través del Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC). Según la empresa, en el 95% de los casos se encuentran herederos, tardando una media de 240 días en dar con ellos. c) 2023 Adevinta

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